amargamiento personal, laboral, existencial de mujeres jóvenes en desquicie. RUINA SOCIAL perfecta masonil. |
CUANDO PASA ALGO ASÍ, UNA SOCIEDAD YA SÓLO ESTÁ ABOCADA A SU DEGENERACIÓN AUTODESTRUCTIVA, LLEVADA POR ESPIRITUS DE DEMONIOS EN UNA SOCIOLÓGICA RELIGIOSA Y ESPIRITUAL MUNDANIZADA Y PUTREFACTA SIN REMEDIO, regentada por progres de izquierdas o de derechas, que igual da... Felicidades a todos los clericanallas mediocrotes y caras que pueblan esta colonieta protectorado de elites masonas esquilmadoras de todo lo succionable, antes que los progres de derechas nos vendan a China y caras árabes petrodólaristas.
El conflicto laboral de Sant Sadurní d’Anoia no es el único caso en el que han quedado patentes las prácticas de Mercadona contra sus trabajadores. Éstas se extienden por todo el territorio y afectan tanto a los empleados de los centros logísticos (principalmente inmigrantes) como a los de las tiendas (mayoritariamente mujeres). No sólo se trata de denuncias de trabajadores o sindicatos, sino que existen decenas de condenas judiciales contra Mercadona. En abril de 1999, Remedios fue despedida tras ser observada por un detective contratado por Mercadona cogiendo a su hija en brazos. Mercadona fue condenada a readmitirla. En febrero de 2001, en Valencia, el encargado de la empresa se presentó en casa de la trabajadora Laura y la obligó a firmar la baja voluntaria tras amenazarla con denunciarla por robo. En el juicio se desestimó la baja y fue readmitida. En marzo de 2002, Anabel fue despedida por darse de baja por lumbalgia. Mercadona fue condenada a indemnizarla. En julio del año siguiente, Juana se fue a la calle por darse de baja por amenaza de aborto. El juzgado declaró la nulidad del despido y una indemnización por daños morales. En noviembre de 2004, Montserrat fue despedida en Cuenca por estar embarazada, y Mercadona se vio obligada a readmitirla por atentar contra sus derechos fundamentales.
José Sánchez Iborra, jefe de una tienda de Mercadona en Valencia de 1993 a 2001, se tomaba muy a pecho la “productividad” reclamada por Juan Roig. La trabajadora M.M.C.R. es un vivo ejemplo de ello. Sánchez Iborra solía decirle que sus hijos harían mejor su trabajo que ella, y adornaba su comentario con expresiones como “¡inútil!” o “¡mueve el culo!”. Otro día la cogió del brazo y la arrastró hacia su despacho. Y en otra ocasión la empujó y casi la empotró contra una estantería. Cuando la empleada se quedó embarazada, se vio obligada de manera constante a agacharse y estirarse para colocar los productos.
Tras ocho años así, el jefe tuvo un detalle. Al terminar su excedencia por embarazo, la empleada recibió un mensaje de su superior en su teléfono móvil. Decía que le correspondían nueve días más de lo previsto. El día en que volvió, recibió una carta de despido “por no haberse incorporado el día señalado”. Sánchez Iborra añadió: “No puedo confiar en ti porque eres madre y no puedes trabajar”. El maltrato generó en la trabajadora un trastorno depresivo. En 2005, Sánchez Iborra fue condenado a dos años de cárcel como autor de un delito contra la integridad moral con circunstancia de discriminación sexual, con Mercadona como responsable subsidiaria. EN BLOGS.QUE.ES
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Abril de dos mil diez. Vistos los autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Doña Marta Rodríguez Medina, en nombre y representación de DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A., contra la sentencia dictada el 4 de febrero de 2009 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en recurso de suplicación n° 5563/2008, interpuesto contra la sentencia de fecha 20 de junio de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social n° 2 de Santiago de Compostela, en autos núm. 194/08, seguidos a instancia de DOÑA ELOISA contra DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN S.A. (DIA S.A.), sobre DESPIDO.
1º.- Que la actora Doña Eloisa, vino prestando sus servicios para la empresa demandada «Distribuidora Internacional de alimentación S.A.» dedicada a la actividad de comercio de alimentación, con domicilio en la calle Blanco Amor, 19, bloque 4-bajo, puerta A. de Santiago de Compostela, desde el 10-9-07, en virtud de un contrato suscrito por las partes, con la modalidad de contrato de trabajo para la formación (obra en autos), con la categoría profesional de Cajero en Formación que establece un salario mensual conforme al Convenio Colectivo de la empresa, que asciende a un total de 806,60 euros, con inclusión de pagas extras;
2º.- Que en la cláusula tercera del anexo del contrato de trabajo suscrito por las partes, se establece que: «Durante la primera y segunda semana del contrato se impartirán 48 horas de formación teórica concentrados en un periodo de 6 días laborables consecutivos. El horario de formación será de lunes de 9 a 14 h. y de 15,30 a 18,30 h. y de martes a viernes de 8,30 a 14 h. y de 15,30 a 18 h. Desde la tercera semana hasta el final del sexto mes, se realizaran cuatro horas y media semanales de formación teórica, con arreglo al siguiente horario: lunes de 10 a 12,30 y martes de 10 a 12 horas. Cuando el día de formación teórica coincida con un día de descanso que no sea festivo, las horas correspondientes de formación teórica serán realizadas el día natural inmediato anterior de esa misma semana»;
3°.- La actora manifiesta en su demanda que en ningún momento recibió formación teórica, sin que por ello disfrutara de los correspondientes permisos y que la única formación que recibió, fue la de unos libros facilitados por la empresa demandada, para ser cubiertos en casa. Sin que se le respetara en ningún momento el tiempo de formación establecido en la cláusula tercera del anexo del contrato de formación suscrito;
4°.- El centro de trabajo de la actora, está sito en la Avda. Maestre Victoria Miguez 45 (Vidán) de Santiago de Compostela;
5°.- Que la actora se encuentra en estado de gestación, lo que dio lugar a que tuviera que salir del trabajo en alguna ocasión, debido a alguna indisposición por el estado de embarazo, la última lo fue en fecha 20 de octubre de 2007, un sábado, acudiendo a la Unidad de Urgencias del CHUS de Santiago, alrededor de las cinco de la tarde, siendo diagnosticada de una amenaza de aborto, prescribiéndole un tratamiento de reposo relativo, siéndole expedido el parte de baja médica (obra en autos) en fecha 22 de octubre (lunes) de 2007, permaneciendo en situación de IT hasta el día 24 de enero de 2008;
6°.- El día 25 de enero de 2008 por la tarde, cuando la actora se incorporó a su puesto de trabajo a las 16,30 horas, y después de estar trabajando unas horas se le comunica por escrito de la empleadora que: «con fecha de efectos 25-1-2008 y en uso de lo establecido en la cláusula adicional primera del contrato de trabajo firmado entre ambas partes en fecha 10-9-07 causará baja en la empresa POR NO HABER SUPERADO EL PERIODO DE PRUEBA». EN TRABAJOABOGADOS.ES
ESTE ES EL PAIS MAS LANAR, MAS BORREGO DE OCCIDENTE, llevado por una élite casta-mísera e inmisericorde que nos lleva al hambre y nos asemeja ya a Cuba letrinoamericana o a Marruecos africana.., una campaña de desquicie cerebral y de conciencias que ya dura digamos que 60 años...
SER CASA DE PUTAS DE UN MAFIOSETE YANKI eurovegas, lo último desde aquel pacto con Eissenhower protestante, el cruel destino para la RESERVA ESPIRITUAL DE OCCIDENTE, por gracia masona católica sureña degenerada y acción ego-misera de élites opusinas degeneradas, COTINO de PAPO LUNO.
El Estado caníbal tiene organizada una guerra civil en la sociedad entre los que pagan y los que no pagan.
ResponderEliminarCuantos menos paguen, más aliados tendrá el Estado para arrasar los restos de oposición a su tiranía, que obviamente reside en los que pagan.
Los funcionarios no se dan cuenta que el Estado les adora. El mayor deseo del Estado sería que todos fuésemos funcionarios.
Y además les querría bien pagados, por supuesto a costa de los que no son funcionarios.
PERO TODAVÍA NO PUEDE. TIENE QUE SOMETER TODAVÍA MÁS A LOS QUE FINANCIAN A LOS FUNCIONARIOS. Y DE MOMENTO NO PUEDE.
http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/20...
Por lo expuesto, para mí es un enigma la protesta de los funcionarios contra el Estado. "Desagradecidos" -tiene que pensar éste-. EN FORO LIBERTADDIGITAL.COM
Resolución de 6 de julio de 2012, de la Dirección General de Política Interior,
ResponderEliminarpor la que se publican las subvenciones estatales anuales, para atender los
gastos de funcionamiento ordinario, abonadas a las diferentes formaciones
políticas con representación en el Congreso de los Diputados, durante el
segundo trimestre del ejercicio 2012.
En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 8/2007 sobre financiación de los
partidos políticos, el Estado concede a las distintas formaciones políticas, con
representación en el Congreso de los Diputados, una cantidad anual, en concepto de
subvención, que se distribuye entre dichas formaciones de acuerdo con los resultados
obtenidos en las últimas elecciones a la citada Cámara.
La finalidad de la subvención, que se abona en doce mensualidades, es atender a
sus gastos de funcionamiento ordinario y se concreta en el montante anual incluido en los
Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente, que se consigna
en el programa 924M, Elecciones y Partidos Políticos, con cargo a la Sección 16,
Servicio 01 y Concepto 485.01, Financiación a Partidos Políticos.
Durante el segundo trimestre del presente ejercicio presupuestario de 2012, la
mencionada subvención se ha llevado a efecto, abonándose las siguientes cantidades a
las entidades beneficiarias:
PARTIDO POPULAR .. 7.677.545,40. . . . 4.380.604,38
CONVERGENCIA DEMOCRÁTICA DE CATALUNYA 548.354,52
PARTIT DELS SOCIALISTES DE CATALUNYA . . . . 655.734,09
PARTIDO POPULAR-PARTIDO ARAGONES:
PARTIDO POPULAR . . . 214.489,05
PARTIDO ARAGONÉS . . . . . . . . . . . 71.496,36
IZQUIERDA UNIDA (LA IZQUIERDA PLURAL). . . . 738.980,07
AMAIUR 267.933,99
UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA . . . . . . 618.887,70
PARTIDO NACIONALISTA VASCO . . . . . . . . . 231.749,43
ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168.546,75
INICIATIVA PER CATALUNYA-VERDS (LA IZQUIERDA PLURAL). . . . . . . . . . . . . . . . . 179.498,94
BLOQUE NACIONALISTA GALEGO . . . . . . . 118.374,90
COALICION CANARIA (CC-PNC-NC) . . . . . . . . . . . . . . . 99.391,17
EN EL B.O.E.